Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales, tienen derecho al aguinaldo, el cual debe ser de al menos 15 días de salario, o bien, la parte proporcional si no se laboró el año completo.
En caso contrario, a partir del 20 de diciembre se puede iniciar un trámite de juicio o conciliación por medio de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Esta instancia será la que interponga la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso, notificará a la Procuraduría local de la Defensa del Trabajo, la cual comenzará la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
La Profedet ofrece orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, así como el correo orientacionprofedet@stps.gob.mx o bien, de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.
Además, la Secretaría del Trabajo habilitó para recibir quejas el número telefónico gratuito 3000 2700, extensiones 65338 y 65388, y el correo inspeccionfederal@stps.gob.mx.
Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos.
Vía: El Universal.
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