En un comunicado, el organismo también dio inicio a acciones para determinar la presunta violación de las disposiciones legales por parte de Homeaway.
En el caso de Airbnb, indicó que se inició el procedimiento por afirmaciones contrarias a lo establecido en los Términos de Servicio localizados en su página de Internet, lo que constituye una violación al Artículo 32 de la LFPC.
“En su publicidad, el proveedor señala que presta servicios de reserva de alojamientos y experiencias especiales, de calidad y confort verificados, sin embargo, en sus Términos de Servicio se deslinda de cualquier responsabilidad legal”, expuso.
Lo anterior es porque Airbnb establece que “no” crea, vende, suministra, revende, controla, gestiona, ofrece entrega ni presta ningún anuncio ni servicio de anfitrión, y los responsables de la prestación del servicio son sus socios comerciales denominados anfitriones, explicó.
Además, indicó que en su publicidad se refiere a las comisiones más bajas del mercado, de 3% a 5%, pero en sus términos y condiciones establece porcentajes diferentes a los antes señalados, que van del 3% y hasta el 20%, por el servicio de intermediación que presta.
Refirió que ese proveedor también viola el Artículo 76 Bis, fracción III, al no señalar su domicilio físico y teléfonos dentro del territorio nacional, a efecto de que los consumidores tengan fácil acceso para presentar alguna reclamación o solicitar aclaraciones.
La Profeco inició otro procedimiento contra Booking, al considera que establece cláusulas abusivas para deslindar de cualquier responsabilidad legal que se derive de la prestación de los servicios que comercializa.
Aunado ello, expuso que el proveedor establece prestaciones desproporcionadas e inequitativas, como lo es la renuncia a la jurisdicción de los tribunales mexicanos, por lo que somete a los consumidores a la legislación holandesa y a la competencia de los tribunales competentes en Ámsterdam, en los Países Bajos, lo que representa una violación.
Respecto al caso de Homeaway, Profeco solicitó información a las autoridades del SAT, IMSS, IMPI y el Registro Nacional de Inversión Extranjera de la Secretaría de Economía sobre el domicilio y la razón social de la proveedora es denominación.
Sin embargo, indicó que ninguna de ellas localizó en sus archivos el domicilio y la razón social con la que opera en México esta empresa.
“Se realizó un monitoreo, sin que se localizara el domicilio ni nombre de algún responsable del portal electrónico del proveedor dentro del territorio nacional, por lo que no se cuenta con su domicilio en el país para emprender alguna acción para la tutela y protección de los derechos de los consumidores”, remarcó.
Ante el riesgo que conlleva la adquisición del servicio de intermediación que presta Homeaway en la adquisición de alojamiento dentro de inmuebles ubicados en el territorio nacional, a través del uso de su plataforma electrónica, la Profeco alertó al público consumidor que el proveedor, a través de su sitio de internet y de su aplicación, oferta servicios presuntamente en más de 540,000 propiedades en 120 países del mundo, a un costo menor que el de una habitación de hotel tradicional.
Vía: CNN Expansión.
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